lunes, 15 de febrero de 2010

CONTRATACIÓN Y DESEMPLEO


La actual crisis económica está causando una elevada destrucción del tejido productivo y del empleo. Pese a que se alega que los costes del despido en España son elevados, ello no ha impedido una rápida y drástica destrucción de puestos de trabajo.


Las causas de la crisis se deben a los problemas del sector financiero, a la restricción del crédito y al endeudamiento excesivo de las familias a causa del crédito barato y de la especulación inmobiliaria. En el caso español hay que sumar las características de nuestro sistema productivo, basado en una explotación intensiva de la mano de obra, con baja productividad, y dependiente de sectores con poco valor añadido y que generan un trabajo precario. La crisis de estos sectores (fundamentalmente construcción y servicios) explica la rápida destrucción de empleo (utilizan mano de obra precaria y temporal) lo que ha acabado arrastrando a otros sectores industriales muy dependientes de la demanda de la construcción (madera, metal...) y a numerosos autónomos.


En un escenario de economía globalizada la caída de la demanda interna no se puede compensar con la exportación, por lo que resultan necesarias políticas de gasto público y de protección por desempleo.


Sin embargo a año y medio de la crisis se olvidan las causas, y como solución se habla de la reforma laboral. Para recuperar la inversión , la creación de empleo y los beneficios empresariales lo queremos hacer no a costa de una mejora de la competitividad, sino sobre la base de una flexiguridad, esto es, el empeoramiento de las condiciones de trabajo como condición sine qua non para la creación de empleo, y sobre el abaratamiento de costes de Seguridad Social.

Según los argumentos empresariales las supuestas trabas laborales para la recuperación se encuentran en:


* Dualismo en el mercado de trabajo entre los contratos indefinidos y los temporales. Plantean como solución el contrato único indefinido con una indemnización por finalización escalonada por años de antigüedad. Esto nos llevaría a hacer contratos indefinidos, no dotando de estabilidad a los contratos temporales, sino precarizando todos los tipos de contratación. Nos podríamos encontrar con despidos a precio actual (la medida no tiene carácter retroactivo) y sus sustitución por contratos nuevos únicos con costes de despido más bajos, se podría despedir sin alegar causa alguna, desaparecería todo control judicial salvo en los casos de discriminación o vulneración de los derechos fundamentales, ....


Podemos afirmar que el dualismo se ha visto agudizado por la utilización abusiva y en fraude de ley de los contratos de obra o servicio, por la utilización excesiva de contratas, por la ineficacia de las medidas disuasoras del abuso de contratación temporal, por los bajos costes de indemnización de estos contratos... Quizás la solución sea seguir apostando por una contratación indefinida bonificada, recuperar el principio de causalidad que justifique la contratación temporal, establecer nuevos topes para la contratación temporal y clarificar los efectos jurídicos de su incumplimiento, e incrementar los costes de la contratación temporal, es decir costes de cotización, costes de finalización de contrato y costes salariales (a menor despido mayor coste salarial, aumentar el salario mínimo interprofesional en los contratos temporales).


* Diversa financiación de la indemnización por despido.


* Falta de flexibilidad en las condiciones de trabajo, y en especial de las salariales. La realidad es que las condiciones de trabajo actuales están empeorando (la jornada, el salario, la movilidad geográfica, las condiciones ambientales...). Sindicalmente se plantea la posibilidad de afrontar la crisis dotando de una mayor flexibilidad sin despidos. Un ejemplo sería la medida alemana del kurzarbeit (distribución del empleo en las empresas mediante la reducción de jornada con una disminución equivalente del salario, que debería ser compensado en parte por el Estado)


Quizá, más que una reforma laboral hace falta una reforma empresarial.


Extraído del estudio "Contratación, colocación, fomento del empleo y desempleo" de la Fundación 1º de MAyo. Consultar en Documentos de interés.

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